La Fundación SIMA es una fundación del sector público estatal que presta sus servicios de manera gratuita.
Sus ingresos anuales provienen de dos transferencias del Ministerio de Trabajo y Economía Social, una para gastos y otra para inversiones. Esta asignación con la que se financia la Fundación se incluye en el apartado de las fundaciones estatales de los Presupuestos Generales del Estado y dota de fondos al SIMA en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo Tripartito en materia de solución autónoma de conflictos laborales suscrito entre el Gobierno y las Organizaciones Empresariales y Sindicales (BOE de 30 de noviembre de 2012), y cubre la totalidad de los gastos necesarios para el desarrollo de la actividad.
En relación con la información económica de la Fundación, se recogen a continuación los resúmenes de las Cuentas Anuales de los últimos años publicados en el BOE, el marco normativo de carácter económico aplicable a la Fundación, así como el Perfil del contratante.
CUENTAS ANUALES
Las Cuentas Anuales de la Fundación SIMA se elaboran de acuerdo a lo dispuesto en el Real Decreto 1491/2011, por el que se aprueban las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos, y demás disposiciones legales vigentes en esta materia, con la intención de que ofrezcan una imagen fiel del patrimonio, situación financiera y resultados de la Fundación.
Anualmente se publica en el BOE un resumen de dichas Cuentas Anuales. Se pueden consultar los correspondientes a los ejercicios cerrados desde 2008, haciendo clic sobre cada una de las imágenes.
NORMATIVA ECONÓMICA
En lo relativo a los aspectos económicos, las principales disposiciones legales aplicables a la Fundación SIMA FSP son las que se relacionan a continuación:
- Acuerdo Tripartito en materia de solución autónoma de conflictos laborales, de 19 de abril de 2021 (BOE de 9 de julio de 2021).
- Orden ESS/438/2018, de 24 de abril, por la que se establecen las bases del procedimiento destinado a financiar las acciones de mediación y arbitraje a realizar por la Fundación del Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje (BOE de 30 de abril de 2018).
- Estatutos de la Fundación.
- Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
- Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
- Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
- Real Decreto 1270/2003, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento para la aplicación del régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
- Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.
- Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal.
- Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad.
- Real Decreto 1515/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas y los criterios contables específicos para microempresas.
- Real Decreto 887/2008, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
- Real Decreto 1491/2011, de 24 de octubre, por el que se aprueban las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos y el modelo de plan de actuación de las entidades sin fines lucrativos.
- Real Decreto 602/2016, de 2 de diciembre, por el que se modifican el Plan General de Contabilidad aprobado por el Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre; el Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas aprobado por el Real Decreto 1515/2007, de 16 de noviembre; las Normas para la Formulación de Cuentas Anuales Consolidadas aprobadas por el Real Decreto 1159/2010, de 17 de septiembre; y las Normas de Adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos aprobadas por el Real Decreto 1491/2011, de 24 de octubre.
- Plan de Contabilidad de las entidades sin fines lucrativos, Resolución de 26 de marzo de 2013, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (BOE de 10 de abril de 2013), que refunde el Real Decreto 1491/2011 y el Real Decreto 1514/2007.
- Plan de Contabilidad de pequeñas y medianas entidades sin fines lucrativos, Resolución de 26 de marzo de 2013, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (BOE de 9 de abril de 2013), que refunde el Real Decreto 1491/2011 y el Real Decreto 1515/2007.
- Orden EHA/614/2009, de 3 de marzo, por la que se regula el contenido del informe al que hace mención el artículo 129.3 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
- Orden EHA/2043/2010, de 22 de julio, por la que se regula el procedimiento de remisión de las Cuentas Anuales y demás información que las entidades del sector público empresarial y fundacional del Estado han de rendir al Tribunal de Cuentas, y de la información de carácter anual y trimestral a remitir a la Intervención General de la Administración del Estado, modificada por la Órdenes HAP/2161/2013, de 14 de noviembre, HFP/458/2018, de 3 de mayo, y HAC/1234/2018, de 14 de noviembre.
- Código de Comercio (Real Decreto de 22 de agosto de 1855).
PERFIL DEL CONTRATANTE
Dado el carácter de fundación del sector público estatal que tiene la Fundación SIMA FSP, a la hora de adjudicar contratos se han de respetar los principios de publicidad, transparencia, no discriminación, integridad y eficiencia que establece la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
En cumplimiento de ello, la Fundación SIMA FSP realiza su contratación a través del portal web del Ministerio de Hacienda denominado Plataforma de Contratación del Sector Público. Ahí, en el apartado reservado a la Fundación, se puede encontrar toda la información relativa a la contratación realizada (enlace).
Por otro lado, la Fundación también cuenta con unas Normas internas de contratación.