Una vez designados los mediadores para el conflicto en cuestión, la Fundación SIMA convocará a las partes a una reunión de mediación, donde se expondrán las posiciones que dan origen al conflicto y tratarán las posibles alternativas para su solución así como las propuestas que realicen los mediadores. De todo lo tratado en la reunión no se levanta acta, pues las partes son libres de manifestar todo lo que crean conveniente. Sí constará en acta, sin embargo, el resultado final de la mediación, que podrá ser:
Acuerdo
Desacuerdo
Archivo de Expediente
Intentado Sin Efecto
Los distintos modos de finalización de la reunión de mediación se contienen en el artículo 23 denominado Finalización del procedimiento de Mediación de las Normas de Funcionamiento del SIMA.