El ASEC establece en su artículo 3.3 los siguientes instrumentos de ratificación o adhesión:
- Acuerdo sobre materias concretas (artículo 83.3 del ET) suscrito por las organizaciones empresariales y sindicales más representativas en el ámbito sectorial o subsectorial correspondiente.
- Inserción del Acuerdo de manera expresa o adhesión expresa al ASEC en un convenio colectivo sectorial o subsectorial de ámbito nacional o superior a una Comunidad Autónoma , o en un convenio de empresa con centros de trabajo en más de una Comunidad Autónoma.
- Suscripción de un Acta en la que conste el Acuerdo sobre Solución de Conflictos por la Dirección de la Empresa y la Representación de los Trabajadores de los distintos centros de trabajo o los sindicatos que conforman la mayoría de la representación en aquellas empresas que cuenten con centros de trabajo ubicados en más de una Comunidad Autónoma.